Cambios a la Ley de Amparo buscan fortalecer reformas constitucionales. | ||||||
“Entiendo que esa parte la quitaron, que nada más queda esta parte del artículo 161, inciso 1, que pase a la Constitución. Las otras entiendo que ayer mismo la retiraron. Es lo que me informa la Consejería Jurídica”, dijo en la mañanera del pueblo. | ||||||
Miércoles 23 de Octubre de 2024 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
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“Entiendo que esa parte la quitaron, que nada más queda esta parte del artículo 161, inciso 1, que pase a la Constitución. Las otras entiendo que ayer mismo la retiraron. Es lo que me informa la Consejería Jurídica”, dijo en la mañanera del pueblo. Primero se presentó una propuesta de varios artículos y “después la propuesta es que esto que leímos aquí del artículo 161, inciso 1 (de la Ley de Amparo) quede en la Constitución para fortalecer que en efecto es improcedente el juicio de amparo en el caso de reformas constitucionales”, indicó. Subrayó que es una iniciativa de diputados y senadores. -¿No deja desprotegida a la población de que, en un futuro, se presenten iniciativas que puedan..? -Ya está en la Ley de Amparo, está protegido en la Ley de Amparo y la idea de ellos es pasarlo a la Constitución. |
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