Ampliación de prisión preventiva oficiosa, incompatible con DH: ONU-DH. | ||||
La prisión preventiva oficiosa atenta contra la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la integridad y a la libertad personal, así como contra la persecución eficaz de los delitos y la igualdad ante la ley, entre otras, afirmó. | ||||
Jueves 07 de Noviembre de 2024 | ||||
Por: La Jornada | ||||
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La prisión preventiva oficiosa atenta contra la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la integridad y a la libertad personal, así como contra la persecución eficaz de los delitos y la igualdad ante la ley, entre otras, afirmó. Ayer, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, que reforma el artículo 19 constitucional para establecer que el juez “ordenará” la prisión preventiva oficiosamente en los casos de “extorsión, narcomenudeo, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas conforme a las leyes aplicables”. Además, en los casos de “defraudación fiscal, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales en los términos fijados por la ley”. |
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