De Veracruz al mundo
Diputados prohíben el uso de vapeadores y fentanilo ilegal en la Constitución.
Los diputados avalaron castigar la producción y distribución de vapeadores y fentanilo con fines recreativos al considerarlos un delito contra la salud.
Martes 03 de Diciembre de 2024
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Los diputados federales avalaron, con 410 votos a favor, 24 en contra y cero abstenciones, prohibir desde la Constitución la producción, distribución y adquisición de vapeadores y otras sustancias tóxicas, como el fentanilo.

La reforma modifica los artículos 4 y 5 de la Constitución Política con el fin de elevar el rango del uso de vapeadores como un delito que violenta garantías individuales de los ciudadanos mexicanos, en este caso, el acceso a la salud.


“Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, quedará prohibida la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley”, señala la modificación al texto constitucional.

Añade “la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo”.


Sobre la prohibición o la regulación
En 2022, el expresidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para prohibir la venta de vapeadores o cigarrillos electrónicos, pero a través de diversos amparos los ciudadanos podían acceder a la compra y algunas empresas a la venta de estos productos.

Fue por eso que, en febrero pasado, cuando López Obrador presentó su paquete de 20 reformas constitucionales, una de ellas era la que reformaba la Constitución en materia de acceso a la salud.


Cuando el tema se discutió en comisiones de la Cámara de Diputados, legisladores de la oposición aseguraron que la prohibición podía generar un mercado negro de vapeadores que generara ganancias al crimen organizado.


En los artículos transitorios se menciona que el Congreso tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para armonizar las leyes secundarias en la materia, como la Ley General de Salud.

Además, las legislaturas estatales deben realizar las adecuaciones normativas previstas, dentro de los 365 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la reforma.


Nos interesa tu opinión

  Más noticias
19:12:39 - Muere la actriz infantil Milena Brandao tras sufrir 21 paros cardíacos
19:11:03 - Designan nuevo titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
19:09:50 - Rocío Nahle asegura que no habrá impunidad por daño patrimonial de 200 mdp en Sesver
19:08:32 - Intento de feminicidio en CDMX: detienen a hombre por herir con cuchillo a su pareja en calles de la Venustiano Carranza
19:06:21 - Diputada federal denuncia por amenazas de muerte, solicita medidas de protección
18:23:56 - Suman cuatro muertes por golpe de calor en México
18:22:46 - Cómo mejorar la señal del router en casa: logra que llegue el WiFi a cada rincón
18:19:45 - Familiares de reclusos en penal de Cuautitlán piden atender casos de maltrato
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016