De Veracruz al mundo
Diputados prohíben el uso de vapeadores y fentanilo ilegal en la Constitución.
Los diputados avalaron castigar la producción y distribución de vapeadores y fentanilo con fines recreativos al considerarlos un delito contra la salud.
Martes 03 de Diciembre de 2024
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Los diputados federales avalaron, con 410 votos a favor, 24 en contra y cero abstenciones, prohibir desde la Constitución la producción, distribución y adquisición de vapeadores y otras sustancias tóxicas, como el fentanilo.

La reforma modifica los artículos 4 y 5 de la Constitución Política con el fin de elevar el rango del uso de vapeadores como un delito que violenta garantías individuales de los ciudadanos mexicanos, en este caso, el acceso a la salud.


“Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, quedará prohibida la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley”, señala la modificación al texto constitucional.

Añade “la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo”.


Sobre la prohibición o la regulación
En 2022, el expresidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para prohibir la venta de vapeadores o cigarrillos electrónicos, pero a través de diversos amparos los ciudadanos podían acceder a la compra y algunas empresas a la venta de estos productos.

Fue por eso que, en febrero pasado, cuando López Obrador presentó su paquete de 20 reformas constitucionales, una de ellas era la que reformaba la Constitución en materia de acceso a la salud.


Cuando el tema se discutió en comisiones de la Cámara de Diputados, legisladores de la oposición aseguraron que la prohibición podía generar un mercado negro de vapeadores que generara ganancias al crimen organizado.


En los artículos transitorios se menciona que el Congreso tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para armonizar las leyes secundarias en la materia, como la Ley General de Salud.

Además, las legislaturas estatales deben realizar las adecuaciones normativas previstas, dentro de los 365 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la reforma.


Nos interesa tu opinión

  Más noticias
09:34:40 - Ofrece Garduño disculpa pública por incendio en estación migratoria
09:30:33 - Admite Adán López ingresos por más de 78 mdp entre 2023 y 2024
09:28:51 - El jueves, día con menos homicidios desde 2018
22:08:30 - Exigen justicia y verdad tras 11 años de desaparición de normalistas
21:45:58 - Solo entre enero y agosto de este año se registraron 6 mil 529 personas desaparecidas en el Estado denuncian colectivos
21:34:30 - Tras orden internacional de aprehensión contra ex regidor del PVEM de Xalapa, pide Sheinbaum a FGR informar sobre el caso
21:22:26 - Trabajadores del IPE denuncian intento de reelección del Comité Ejecutivo, encabezado por Raúl Maldonado
21:14:56 - Veracruz quinto lugar nacional con mayor número de nacimientos registrados en 2024, con 89 mil 897
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016