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INE ordena a Yasmín Esquivel, candidata a ministra de la Corte, borrar publicaciones pagadas en redes sociales.
La candidata a ministra de la Suprema Corte presuntamente difundió propaganda en diversos perfiles de Facebook, trasgrediendo disposiciones en materia electoral.
Lunes 19 de Mayo de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa retirar de sus redes sociales publicaciones que violan las leyes electorales y están ligadas a su campaña a la reelección, en el marco de la elección extraordinaria del Poder Judicial, del próximo 1 de junio.

La candidata a ministra de la Suprema Corte presuntamente difundió propaganda en diversos perfiles de Facebook, trasgrediendo disposiciones en materia electoral.

La comisión consideró procedente la adopción de medidas cautelares, por lo que ordenó que se eliminen las publicaciones difundidas en los perfiles de la red social Facebook: Contra la Mafia del Poder, Mujeres TransformandoMX, Hijxs de la Transformación, Rumbo Claro MX y Universidad Intercontinental.


Derivado del análisis preliminar se advierten diversas publicaciones alusivas a la denunciada, que fueron pautadas para potencializar su difusión, las cuales se estima que no cumplen con los parámetros establecidos en el marco jurídico aplicable, lo que pudiera vulnerar la equidad en la contienda.

Otras quejas contra candidatos
La otra queja fue en contra de un candidato a magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, toda vez que el denunciado publicó en sus perfiles de las redes sociales Facebook, Instagram y TikTok, material en los cuales se observa la imagen de una persona menor de edad.

Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó improcedente la adopción de medidas cautelares, ya que las publicaciones motivo de la queja fueron eliminadas, “tratándose de hechos consumados de manera irreparable”.


Los consejeros que integran la comisión de Quejas también resolvieron que es improcedente la denuncia ciudadana de una persona que denunció a una candidata a Jueza de Distrito en la Ciudad de México por la presunta adquisición de tiempo en radio y la supuesta vulneración al principio de equidad en la contienda, ya que, a decir de la denunciante, a partir de la participación de la candidata denunciada en el actual proceso comicial, como conductora, se vuelve incompatible, al poder influir o incidir en la libre decisión del electorado, ante una posible mayor exposición de su persona e imagen.


La Comisión determinó que es improcedente el dictado de la medida cautelar, ya que, con independencia de la posible sobreexposición de la persona candidata denunciada con motivo de su aparición, participación e intervención en el programa Luchando por la Justicia, adicionalmente, debe hacerse el análisis preliminar de los contenidos a efecto de identificar si se trata de propaganda electoral por llamados expresos al voto o equivalentes funcionales, lo cual, preliminarmente, no constituye adquisición de tiempos en radio, ni contraviene el principio de equidad en la contienda electoral.

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