De Veracruz al mundo
Conceden a León Trauwitz amparo que reconoce a sus abogados como defensa legal.
De acuerdo con las investigaciones, León Trauwitz junto con una red de complicidad, incumplieron con los protocolos para inhabilitar tomas clandestinas en los poliductos Minatitlán-México y Madero-Cadereyta entre 2015 y 2016 generando un daño superior a 25 mil 193 millones de pesos y la sustracción ilegal de mil 847 millones 46 mil 374 litros de combustibles.
Martes 05 de Agosto de 2025
Por: La Jornada
Foto: . Roberto García Ortiz / archivo
CDMX.- El general en retiro Eduardo León Trauwitz, ex subdirector de Salvaguardia Estratégica de Pemex, obtuvo de un tribunal colegido la protección de la justicia federal, para que sus abogados sean reconocidos como la defensa legal que lo representa. Asimismo, ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) publique un nuevo acuerdo donde señale si permitirá o no a la defensa del militar, el acceso a la carpeta de investigación que se inició en su contra por su probable responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada en materia de hidrocarburos y sustracción ilícita de hidrocarburos.

De acuerdo con las investigaciones, León Trauwitz junto con una red de complicidad, incumplieron con los protocolos para inhabilitar tomas clandestinas en los poliductos Minatitlán-México y Madero-Cadereyta entre 2015 y 2016 generando un daño superior a 25 mil 193 millones de pesos y la sustracción ilegal de mil 847 millones 46 mil 374 litros de combustibles.

Los magistrados Francisco Javier Sarabia Ascencio y Juan José Olvera López, así como un secretario en funciones de magistrado confinaron el fallo de un juez de distrito, quien en marzo pasado le otorgó el amparo al general el retiro, donde reclamó el acuerdo del 15 de mayo de 2024, “en el que se niega a tener por designados a los abogados defensores nombrados por el suscrito y como consecuencia de ello, la vulneración al derecho del debido proceso en su vertiente de una defensa adecuada y los efectos que del mismo se siguen ocasionando”.

El colegiado argumentó que fue correcto conceder el amparo “toda vez que la Agente del MPF Titular de la Célula A-I-5 de la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos en Materia de Hidrocarburos, Derechos de Autor, Asalto y Robo de Vehículos al dictar el acuerdo de 15 de mayo de 2024, no satisfizo los requisitos constitucionales de fundamentación y motivación, ya que no citó fundamento legal alguno y tampoco expuso argumentos eficaces que justifiquen acordar en forma negativa la solicitud que se le planteó”.

En la sentencia recurrida, José Elías Pacheco Martínez, Juez Decimosexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió la protección constitucional al quejoso tras estimar que transgrede en su perjuicio su derecho fundamental a la seguridad jurídica tutelado por el párrafo primero del artículo 16 constitucional, dado que no se encuentra fundado ni motivado los argumentos del Ministerio Público Federal (MPF).

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