| Caso Wallace: abogado pide a la Corte reabrir juicio en el que se ordenó la libertad de Juana Hilda González. | ||||||
| En junio de 2025, la extinta Primera Sala de la Corte ordenó la “inmediata y absoluta libertad” de Juana Hilda González Lomelí , una de las personas acusadas por el llamado caso “Wallace”, al concluir que no existían pruebas suficientes. | ||||||
| Lunes 01 de Diciembre de 2025 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
“(Debido a que) el pleno de esta H. Suprema Corte de Justicia de la Nación estudiará la procedencia del recurso de revisión interpuesto por la Fiscalía General de la República contra la resolución dictada en el amparo directo 26/2022 del índice de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (…), en este acto vengo a adherirme a favor de mi representada al recurso interpuesto por la fiscalía”, señaló el abogado. De esta forma, a través de un escrito en el que se identificó como “asesor jurídico” de una víctima indirecta del caso con iniciales A.I.W.M., Torres Pérez se sumó al recurso presentado por el Agente del Ministerio Público de la Federación, en representación de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), que busca revertir la libertad de Juana Hilda. Ordena la inmediata libertad de Juana Hilda El 11 de junio de 2025, por mayoría de cuatro votos, la ahora extinta Primera Sala de la Corte ordenó la “inmediata y absoluta libertad” de Juana Hilda González Lomelí , una de las personas acusadas por el llamado caso “Wallace”, al concluir que no existían pruebas suficientes para acreditar que secuestró y asesinó al hijo de la polémica activista Isabel Miranda de Wallace, Hugo Alberto. A favor de la liberación de Juana Hilda votaron las entonces ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz Ahlf, así como los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ponente del asunto. El único voto en contra fue el del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. “Así, tomando en consideración que en este asunto se está ordenando la inmediata y absoluta libertad de la quejosa, se instruye a la secretaría de acuerdos para que por los medios más eficaces y expeditos se notifique esta determinación a la autoridad penitenciaria que corresponde”, señaló la ministra Loretta Ortiz Ahlf, entonces presidenta de la Sala, al dar por concluido este asunto. De esta forma, tras pasar más de 19 años en prisión, Juana Hilda González Lomelí volvió a reunirse con su familia, mientras que otras cinco personas procesadas y sentenciadas por los delitos de secuestro y delincuencia organizada, como Brenda Quevedo, en cuyos casos se comprobó que hubo pruebas obtenidas bajo tortura y diversas violaciones al proceso judicial, esperaban de igual forma recuperar su libertad. FGR busca ‘tumbar’ la sentencia A pesar de las irregularidades del caso y de tratarse de una sentencia “firme e inatacable”, la FGR interpuso un recurso de revisión (queja) contra la resolución dictada en el juicio de amparo directo 26/2022, por el que se ordenó la inmediata y absoluta libertad de Juana Hilda. Por este motivo, el ministro presidente del máximo tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, ordenó iniciar un procedimiento conocido como consulta a trámite (1/2025) para determinar si la “nueva” Corte podría revisar y revertir una sentencia emitida por una de las Salas, que anteriormente la integraban. Así, al ordenar dar trámite a la consulta, el ministro Hugo Aguilar envió el expediente a la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama para que elabore un proyecto de sentencia que proponga una solución que resuelva, si resulta o no procedente la figura de recurso de revisión contra sentencias dictadas por las entonces Salas de la Corte. Con esta, ya suman dos consultas a trámite (la segunda es la consulta 2/2025) relacionadas con estudiar si es posible o no que el pleno revise sentencias de las Salas emitidas en ejercicio de la facultad de atracción, pues no existe otro recurso de revisión para estos casos. “Cuando las Salas son las que emiten la sentencia en un amparo directo que atrajeron, se convierten en la primera y en la última instancia, por lo que ya no hay un mecanismo de revisión. Esto es lo que se sometió a consulta en los dos temas. Se hace a través de esa consulta porque existe ‘duda’ sobre si se puede hacer, al no haber un mecanismo expresamente contemplado para esto”, señaló una fuente del máximo tribunal consultada al respecto. Por este motivo, la presidencia de la Corte se reservó su posicionamiento respecto a la solicitud del abogado Yohann Iván Torres Pérez, defensor de la fallecida Isabel Miranda de Wallace, hasta que el pleno resuelva la consulta. Corte buscaría reabrir juicios concluidos En su sesión pública del pasado 26 de noviembre de 2025, un bloque mayoritario de ministros y ministras de la nueva Suprema Corte se posicionó a favor de reabrir juicios totalmente concluidos, aun violando el principio de “cosa juzgada”, por lo que incluso la presidenta Claudia Sheinbaum se posicionó en contra de esta medida. “Yo no estoy de acuerdo con eso, lo digo abiertamente. Lo que ya fue juzgado, ya fue juzgado. Hay muchos temas pendientes en la Corte. Obviamente, ellos son autónomos y pueden decidir con autonomía. Nosotros no estamos interviniendo en las decisiones de la Corte, pero yo creo que lo que ya fue juzgado, fue juzgado”, dijo la mandataria durante su conferencia de prensa. Tras el posicionamiento de la mandataria federal, la Suprema Corte emitió un comunicado en el que aseguró tener un “respeto absoluto al principio de cosa juzgada”, lo que garantiza que lo resuelto en una sentencia firme “sea definitivo e inmutable”. “No obstante, nuestro sistema normativo, así como el interamericano, prevén la figura conocida como acción de nulidad de juicio concluido, la cual procede, entre otros supuestos, cuando exista colusión o maniobras fraudulentas de las partes litigantes en perjuicio de la parte promovente de dicha acción. La figura no atenta contra la cosa juzgada y está prevista en el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México y otras legislaciones procesales del país, con el objetivo de proteger los derechos de las personas que han sido afectadas por una sentencia que se sustenta en pruebas falsas, mecanismos ilegales o actos jurídicos simulados”, señalaron. Sin embargo, aunque esta discusión giraba en torno a la existencia de la figura de “nulidad de un juicio concluido” —aplicada solo a procedimientos del tipo mercantil— la ministra Lenia Batres se posicionó en términos generales a favor de reabrir juicios ya concluidos, al asegurar que en la pasada integración de la Corte se permitía dejar pasar “sentencias fraudulentas” de toda índole, lo que terminaba afectando a todo el sistema por supuestos actos de corrupción. Una postura que no solo ha causado críticas por parte de la presidenta Claudia Sheinbaum, sino de políticos, especialistas y organizaciones de la sociedad civil, quienes han coincidido en asegurar que reabrir casos con sentencias ya firmes pondría en riesgo otros principios del marco legal mexicano como los de legalidad, certeza y seguridad jurídica. Por: Alfredo Maza |
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