| CNDH exige al Ejército disculpa pública y reparación del daño por muerte de dos niñas en Badiraguato. | ||||||
| En mayo de este año, Leidy de 11 años y Alexa de 7 años perdieron la vida en Badiraguato, Sinaloa, cuando la camioneta en que viajaba la familia fue atacada por elementos del Ejército. | ||||||
| Jueves 18 de Diciembre de 2025 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
En mayo de este año, Leidy de 11 años y Alexa de 7 años murieron cuando la camioneta en que viajaba la familia fue agredida por elementos de la Defensa asignados a la seguridad del personal de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa en el poblado de La Cieneguilla. De acuerdo con los hechos, los militares que forman parte del 42 Batallón de Infantería, Guamúchil, rodearon el vehículo y apuntaron con sus armas a los ocupantes y les ordenaron descender, quienes iban a bordo señalaron que no contaban con armas y que solo viajaban menores. Sin embargo, con el argumento de que escucharon disparos, aunque no se cercioraron si provenían de los ocupantes, los soldados accionaron sus armas y sin privilegiar las medidas para salvaguardar a quienes viajaban en el vehículo. “La investigación permitió acreditar violaciones graves a los derechos humanos por el uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, que derivó en la vulneración al derecho a la vida de las dos víctimas; a la integridad personal y seguridad jurídica de cuatro personas más; así como al interés superior de la niñez y al derecho a la familia, al acreditarse que militares utilizaron de manera desproporcionada la fuerza al interceptar el vehículo en que se desplazaban”, dice el comunicado de la CNDH. De acuerdo con la Comisión, tampoco se advirtió que el personal castrense intentara maniobras menos letales de primera instancia ni que el uso de las armas de fuego en su contra haya sido estrictamente inevitable, como lo señala la legislación aplicable. “Si bien es cierto que no se puede determinar la existencia de intencionalidad directa por parte de los elementos de la Defensa involucrados para causar daño, sí se genera una suma de indicios que los convierten en directamente responsables de los hechos frente a la obligación máxima que tenían, como agentes del Estado, para proteger la vida e integridad de las víctimas”. Debido a lo anterior, la Defensa deberá realizar los trámites ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para proceder a la inmediata reparación integral del daño ocasionado, que incluya la medida de compensación y compensación complementaria correspondiente y gestionar que se les brinde la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran. El Ejército también tendrá que colaborar en el trámite de las denuncias que la CNDH inicie ante el Órgano Interno de Control competente sobre la responsabilidad administrativa de las personas servidoras públicas de la Defensa que participaron en los hechos y dar seguimiento a las investigaciones iniciadas, tanto en la Fiscalía General de la República (FGR) como en el fuero militar. También deberá impartir un curso de capacitación especializado en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, particularmente dirigido a quienes integraban la Base de Operaciones “Bravo 5” en Sinaloa. En su recomendación 201VG/2025, la CNDH agregó que la Secretaría de la Defensa deberá ofrecer una institucional en la que se reconocerán los hechos y aceptará la responsabilidad por las violaciones graves a derechos humanos y tendrá que restituir el vehículo automotor en el que se transportaba la familia y que pertenece a una de las víctimas. |
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