De Veracruz al mundo
Exige la CNDH a la FGE acatar la recomendación 4/2026, por fallas y omisiones en la investigación de varios casos de desaparición de personas .
La recomendación 4/2026 es resultado de un recurso de impugnación de RVI1, RVI2, RVI3 y RVI4 por la no aceptación de la FGE de Veracruz a la Recomendación 040/2024 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz.
Martes 10 de Marzo de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Ante la omisión de la ex fiscal general del estado, Verónica Hernández Giadáns, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exigió a la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz acatar la recomendación 4/2026, relacionada con fallas y omisiones en la investigación de varios casos de desaparición de personas en el territorio estatal. La recomendación 4/2026 es resultado de un recurso de impugnación de RVI1, RVI2, RVI3 y RVI4 por la no aceptación de la FGE de Veracruz a la Recomendación 040/2024 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz. Lo anterior derivó a su vez en las violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia, de las víctimas o personas ofendidas, a la verdad, así como a una vida libre de violencia institucional, en agravio de V1, V2, V3, V4, V5 y de RVI1, RVI2, RVI3, RVI4, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6, VI7, VI8, VI9, VI10, VI11, VI12, VI13, VI14, VI15, VI16, VI17, VI18, VI19, VI20, VI21, VI22, VI23, VI24, VI25, VI26, VI27, VI28, VI29, VI30, VI31, VI32, VI33, VI34, VI35 y VI36, y el derecho de toda persona a ser buscada en perjuicio de V1, V2, V3, V4 y V5. “Entre noviembre de 2016 y marzo de 2021, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDH) recibió diversas quejas en las que se denunciaban presuntas violaciones de derechos humanos por parte de personas servidoras públicas de la Fiscalía en las indagatorias para determinar el paradero de personas víctimas de desaparición. Una vez integrados los casos en una sola queja, el organismo estatal emitió la Recomendación 040/2024 a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Fiscalía local.” No obstante, la FGE de Veracruz se negó a aceptar y cumplir la recomendación. Ante esa situación, cuatro de las víctimas presentaron un Recurso de Impugnación ante la CNDH. Al analizar los casos, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia, así como a una vida libre de violencia institucional en agravio de 36 víctimas indirectas; además del derecho de toda persona a ser buscada, en perjuicio de cinco víctimas directas. En ese sentido, la CNDH advirtió que la negativa de aceptación de la recomendación emitida por la CEDH afectó la eficacia del sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos, previsto en el artículo 102, apartado B de la Constitución, y que contravenía la obligación de todas las autoridades, sin excepción alguna, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, establecida en el artículo primero de la Constitución Política. “Se observó también que en su respuesta la Fiscalía de Veracruz no detalló las diligencias practicadas y sus argumentos para rechazar la Recomendación 040/2024 no son congruentes con el principio pro persona, que consiste en garantizar la protección más amplia para la protección de los derechos humanos de la persona.” Por lo anterior, la CNDH concluyó que la no aceptación de la recomendación 040/2024 impidió la reparación plena del daño a las víctimas e incumplió los principios de interdependencia e indivisibilidad en los derechos humanos, ya que la FGE de Veracruz debió realizar de manera inmediata acciones para la búsqueda y localización de las víctimas, así como practicar las diligencias necesarias para acreditar los elementos constitutivos del tipo penal. Ante ello, la CNDH solicitó a la persona Titular de la Fiscalía estatal que, en el lapso de 15 días hábiles, acepte la Recomendación emitida por la CEDH y envíe a esa Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento. Sin embargo, advirtió que en caso de que persista la negativa, se solicitará su comparecencia ante la Legislatura del Estado. Además, deberá emitir una circular para que su personal cumpla, en tiempo y forma la citada Recomendación y colaborar en todo momento en el cumplimiento de pronunciamientos similares emitidos por la Comisión Estatal. Así las cosas.

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